Ley Silla: la reforma que pone fin a estar de pie todo el día

Ley Silla: la reforma que pone fin a estar de pie todo el día

México entró en una nueva era laboral con la entrada en vigor de la conocida “Ley Silla”, a partir de Junio 2025, una reforma a la Ley Federal del Trabajo, específicamente al artículo 132, fracción V.

Pero, ¿De qué va esta modificación? ¿A quién Impacta? Cuéntame más!
Básicamente, esta reforma  establece que los empleadores están OBLIGADOS a proporcionar asientos o sillas con respaldo suficientes en los Centros de Trabajo para que las personas trabajadoras puedan realizar sus funciones o descansar periódicamente durante la jornada. Esta modificación atiende especialmente los siguientes sectores: 

  • Servicios (ej: tiendas departamentales, farmacias, tiendas de autoservicio)
  • Comercio (ej: resturantes, hoteles, bancos, call centers)
  • Industria (ej: industria en general en áreas operativas)
  • Entre otros específicos.

Asimismo, estas sillas deben estar ubicadas en áreas específicas designadas para ese fin (de esto les platicamos más en otro artículo).

Aspectos legales destacados:

  • Prohibición de mantener obligatoriamente de pie: Ya estar todo un turno de pie, es ilegal, ya que la reforma incluye una prohibición explícita para que los empleadores impidan a los trabajadores sentarse o los obliguen a permanecer de pie todo el tiempo. Debe existir por lo menos,  por cada 3 horas, un momento en que el colaborador pueda descansar sentado. El objetivo de esto es salud desde una perspectiva de prevensión y ambientes laborales dignos.
  • Plazos de implementación: Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024, se otorgaron 180 días naturales para que la STPS (Secretaría del Trabajo) hiciera las decuaciones pertinentes a la Ley —plazo cumplido en junio de 2025. Ahora es el turno de las empresas de hacer las adecuaciones e implementaciones pertinentes y su plazo es a Diciembre 2025.
  • Sanciones previstas: El incumplimiento puede generar multas que van desde 250 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a entre aproximadamente 28,000 y más de 280,000 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción y la reincidencia.
  • Reglamento Interno: No olvides este punto importante, es indispensable hacer actualización al Reglamento Interno de Trabajo y depositarlo correctamente en la Secretaría a tiempo.
  • Ergonomía: Las sillas deben cumplir requisitos ergonómicos específicos, no sólo es comprar o poner cualquier silla, silla alta o banco. Citando a Ley, presta atención a esto:
    Considerar el tipo de asiento o silla con respaldo más adecuado, por ejemplo los siguientes:
  • I.     Banco alto o tipo perchero: Si se requiere estar de pie con apoyo ocasional.
  • II.     Silla alta con respaldo medio: Para alternar posturas.
  • III.    Silla ergonómica ajustable: Si la tarea se puede hacer sentado.
  • IV.   Reposapiés: Si la altura del asiento lo requiere.

El nombre “Ley Silla” alude directamente a la obligatoriedad del mobiliario con respaldo.Esta reforma no es solo un mandato legal, es una conversación sobre dignidad laboral y derechos fundamentales, para ofrecer bienestar real a los colaboradores.

En MassivoSillas, somos tu aliado estratégico para implementar soluciones legales y ergonómicas que te permitan cumplir con la Ley Silla con confianza, estilo y compromiso real. 

Conotáctanos para transformar el cumplimiento en cultura de empresa.

Siguiente publicación